En su resolución 58/4 del 31 de octubre de 2003, la Asamblea General proclamó el 9 de diciembre Día Internacional contra la Corrupción. Esta decisión se tomó con la finalidad de aumentar la sensibilización respecto de la corrupción, así como del papel que puede desempeñar la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción para combatirla y prevenirla. La Asamblea instó a todos los Estados y a las organizaciones regionales de integración económica competentes a que firmen y ratifiquen lo antes posible la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción a fin de lograr su rápida entrada en vigor.
Resolución 58/4. aprobada por la Asamblea General
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción
51ª sesión plenaria 31 de octubre de 2003
La Asamblea General,
Recordando su resolución 55/61, de 4 de diciembre de 2000, en la que estableció un comité especial encargado de negociar un instrumento jurídico internacional eficaz contra la corrupción y pidió al Secretario General que constituyera un grupo intergubernamental de expertos de composición abierta a fin de que examinara y preparara un proyecto de mandato para la negociación de ese instrumento, así como su resolución 55/188, de 20 de diciembre de 2000, en la que invitó al Grupo Intergubernamental de Expertos de composición abierta, que debía constituirse de conformidad con lo dispuesto en la resolución 55/61, a que examinara la cuestión de los fondos transferidos ilícitamente y la repatriación de esos fondos a sus países de origen,
Recordando también sus resoluciones 56/186, de 21 de diciembre de 2001, y 57/244, de 20 de diciembre de 2002, relativas a la prevención de las prácticas corruptas y de la transferencia de fondos de origen ilícito, la lucha contra ellas y la repatriación de esos fondos a sus países de origen,
Recordando además su resolución 56/260, de 31 de enero de 2002, en la que pidió al Comité Especial encargado de negociar una convención contra la corrupción que concluyera su labor para fines de 2003,
Recordando su resolución 57/169, de 18 de diciembre de 2002, en la que aceptó con reconocimiento el ofrecimiento del Gobierno de México de ser anfitrión de una conferencia política de alto nivel con objeto de firmar la convención y pidió al Secretario General que programara la conferencia por un período de tres días antes del fin de 2003, Recordando también la resolución 2001/13 del Consejo Económico y Social, de 24 de julio de 2001, titulada “Fortalecimiento de la cooperación internacional para prevenir y combatir la transferencia de fondos de origen ilícito derivados de actos de corrupción, incluido el blanqueo de capitales, así como para repatriarlos”,
Expresando su reconocimiento al Gobierno de la Argentina por haber acogido en Buenos Aires, del 4 al 7 de diciembre de 2001, la reunión preparatoria oficiosa del Comité Especial encargado de negociar una convención contra la corrupción,
Recordando el Consenso de Monterrey, aprobado por la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, celebrada en Monterrey (México) del 18 al 22 de marzo de 20021, en el que se subrayó que la lucha contra la corrupción a todos los niveles era una cuestión prioritaria,
Recordando también la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible, aprobada por la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Johannesburgo (Sudáfrica) del 26 de agosto al 4 de septiembre de 20022, en particular su párrafo 19, en el que se declaró que la corrupción representaba una amenaza para el desarrollo sostenible de la población,
Preocupada por la gravedad de los problemas y las amenazas que plantea la corrupción para la estabilidad y seguridad de las sociedades al socavar las instituciones y los valores de la democracia, la ética y la justicia y al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley,
1. Toma nota del informe del Comité Especial encargado de negociar una convención contra la corrupción3, que realizó su labor en la sede de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en Viena, en el que el Comité Especial presentó el texto del proyecto de convención de las Naciones Unidas contra la corrupción a la Asamblea General para que ésta lo examinara y adoptara las medidas pertinentes, y elogia al Comité Especial por su labor;
2. Aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que figura como anexo de la presente resolución, y la abre a la firma en la Conferencia política de alto nivel que se celebrará en Mérida (México) del 9 al 11 de diciembre de 2003, de conformidad con lo dispuesto en la resolución 57/169;
3. Insta a todos los Estados y a las organizaciones regionales de integración económica competentes a que firmen y ratifiquen lo antes posible la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción a fin de lograr su rápida entrada en vigor;
4. Decide que, hasta que la Conferencia de los Estados Parte en la Convención establecida con arreglo a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción determine otra cosa, la cuenta a que se hace referencia en el artículo 62 de la Convención será administrada en el marco del Fondo de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y la Justicia Penal y alienta a los Estados Miembros a que empiecen a aportar contribuciones voluntarias adecuadas a la mencionada cuenta a fin de prestar a los países en desarrollo y los países con economías en transición la asistencia técnica que puedan necesitar para prepararse con miras a la ratificación y aplicación de la Convención;
5. Decide también que el Comité Especial encargado de negociar una convención contra la corrupción termine los trabajos derivados de la negociación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción celebrando una reunión bastante antes del primer período de sesiones de la Conferencia de los Estados Parte en la Convención a fin de preparar el proyecto de reglamento de la Conferencia de los Estados Parte y las normas mencionadas en el artículo 63 de la Convención, que se transmitirán a la Conferencia de los Estados Parte en su primer período de sesiones para que los examine;
6. Pide a la Conferencia de los Estados Parte en la Convención que aborde la penalización del soborno de funcionarios de organizaciones internacionales públicas, incluidas las Naciones Unidas, y otros asuntos conexos, teniendo en cuenta la cuestión de los privilegios e inmunidades, así como las de la jurisdicción y la función de las organizaciones internacionales, entre otros medios, haciendo recomendaciones sobre medidas apropiadas a ese respecto;
7. Decide que, a fin de aumentar la sensibilización respecto de la corrupción, así como del papel que puede desempeñar la Convención para combatirla y prevenirla, se proclame el 9 de diciembre Día Internacional contra la Corrupción;
8. Pide al Secretario General que designe la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito secretaría de la Conferencia de los Estados Parte en la Convención, bajo la dirección de ésta;
9. Pide también al Secretario General que proporcione a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito los recursos necesarios para que pueda promover de forma eficaz la rápida entrada en vigor de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, desempeñar las funciones de secretaría de la Conferencia de los Estados Parte en la Convención y apoyar al Comité Especial en su labor, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 supra;
10. Pide además al Secretario General que prepare un informe completo sobre la Conferencia política de alto nivel para la firma de la Convención, que se celebrará en Mérida (México), de conformidad con la resolución 57/169, para presentarlo a la Asamblea General en su quincuagésimo noveno período de sesiones.
Fuentes:
http://www.un.org/spanish/events/calendario/2009/doc_12_09.html
http://daccessdds.un.org/doc/UNDOC/GEN/N03/453/18/PDF/N0345318.pdf?OpenElement