Decenio para lograr la regresión del paludismo en los países en desarrollo, en particular en África
Resolución 58/237 aprobada por la Asamblea General.
2001-2010: Decenio para lograr la regresión del paludismo en los países en desarrollo, en particular en África
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 49/135, de 19 de diciembre de 1994, 50/128, de 20 de diciembre de 1995, 55/284, de 7 de septiembre de 2001, y 57/294, de 20 de diciembre de 2002, relativas a la lucha contra el paludismo en los países en desarrollo, particularmente en África,
Teniendo presentes las resoluciones del Consejo Económico y Social relacionadas con la lucha contra el paludismo y las enfermedades diarreicas, en particular la resolución 1998/36, de 30 de julio de 1998,
Tomando nota de las declaraciones y decisiones sobre cuestiones de salud aprobadas por la Organización de la Unidad Africana, en particular la declaración y el plan de acción sobre la iniciativa para lograr la regresión del paludismo, aprobados en la Cumbre Extraordinaria de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana, celebrada en Abuja los días 24 y 25 de abril de 20001, así como la decisión AHG/Dec.155 (XXXVI), relativa a la aplicación de la declaración y el plan de acción mencionados, aprobada por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su 36° período ordinario de sesiones, celebrado en Lomé del 10 al 12 de julio de 20002,
Tomando nota también de la Declaración de Maputo sobre el paludismo, el VIH/SIDA, la tuberculosis y otras enfermedades infecciosas conexas, aprobada por la Asamblea de la Unión Africana en su segundo período ordinario de sesiones, celebrado en Maputo del 10 al 12 de julio de 20033,
Reconociendo que los vínculos entre las actividades que se llevan a cabo para lograr las metas establecidas en la Cumbre de Abuja son necesarios e importantes para hacer realidad el objetivo de lograr la regresión del paludismo y los objetivos de la Declaración del Milenio4, a más tardar en 2010 y 2015, respectivamente,
Reconociendo también la urgente necesidad de ampliar los programas nacionales de control del paludismo si se desea que los países de África cumplan el objetivo de mediano plazo establecido por la Cumbre de Abuja para el quinquenio 2000-2005,
Reconociendo además que la morbilidad y la mortalidad relacionadas con el paludismo en el mundo entero pueden eliminarse si se cuenta con un compromiso político y recursos proporcionados, si se educa y se sensibiliza al público sobre el paludismo y si se prestan servicios de salud adecuados, particularmente en los países en que la enfermedad es endémica,
Subrayando la importancia de que se aplique la Declaración del Milenio y acogiendo con beneplácito a ese respecto el compromiso de atender las necesidades concretas de África contraído por los Estados Miembros,
Elogiando los esfuerzos que la Organización Mundial de la Salud, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y otros asociados han venido desplegando a lo largo de los años para combatir el paludismo, inclusive la puesta en marcha en 1998 de la Alianza para lograr la regresión del paludismo,
1. Toma nota del informe del Secretario General5 y exhorta a que se apoyen las recomendaciones que en él figuran;
2. Exhorta a la comunidad internacional a que continúe apoyando a las organizaciones asociadas de la Alianza para lograr la regresión del paludismo, entre ellas la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, que son fuentes esenciales de apoyo complementario a las actividades que realizan los países en que el paludismo es endémico para combatir la enfermedad;
3. Hace un llamamiento a la comunidad internacional para que garantice que el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y el Paludismo reciba mayor financiación con la que apoyar planes nacionales cabales dirigidos a controlar el paludismo en los países en que es endémico, que se apliquen de una forma sostenida e igualitaria que contribuya al desarrollo del sistema de atención de la salud;
4. Insta a los países en los que el paludismo es endémico a que destinen más recursos nacionales al control del paludismo;
5. Alienta a todos los países de África que todavía no lo hayan hecho a que cumplan las recomendaciones de la Cumbre de Abuja de reducir o eliminar los impuestos y aranceles a mosquiteros y otros productos que se precisan para combatir el paludismo, tanto con el fin de reducir el precio que pagan los consumidores por dichos mosquiteros como para estimular el libre comercio de mosquiteros impregnados de insecticida;
6. Exhorta a la comunidad internacional a que apoye formas de estimular el desarrollo de la capacidad para fabricar mosquiteros impregnados de insecticida en África y, a este respecto, aliente y facilite la transferencia de la tecnología necesaria para hacer que los mosquiteros impregnados de insecticida sean más efectivos y duraderos;
7. Reconoce la importancia de descubrir vacunas eficaces y nuevos medicamentos para prevenir y tratar el paludismo y la necesidad de continuar las investigaciones con ese objeto, mediante, entre otras cosas, asociaciones mundiales eficaces como las diversas iniciativas de vacunación contra el paludismo y la Operación Medicamentos Antipalúdicos,
8. Reitera la necesidad de ampliar las alianzas entre los sectores público y privado para controlar y prevenir el paludismo y, a este respecto, insta a las compañías petroleras que operan en África a que estudien la posibilidad de proporcionar polímeros para la fabricación de mosquiteros a precios reducidos y contribuir así a lograr el retroceso del paludismo en África;
9. Insta a la industria farmacéutica a que tome nota de la creciente necesidad de contar con un tratamiento combinado efectivo del paludismo, en particular en África, y de constituir alianzas y acuerdos de asociación adicionales que contribuyan a garantizar que toda la población en situación de riesgo tenga acceso a un tratamiento inmediato, asequible y de calidad;
10. Pide al Secretario General que, en estrecha colaboración con la Organización Mundial de la Salud, los países en desarrollo y las organizaciones regionales, incluida la Unión Africana, realice en 2005 una evaluación de las medidas adoptadas para cumplir los objetivos de mediano plazo, los logros alcanzados, los medios proporcionados por la comunidad internacional para alcanzarlos y los objetivos generales del Decenio, y que le informe al respecto en su sexagésimo período de sesiones;
11. Pide también al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo noveno período de sesiones, un informe sobre los progresos realizados en la aplicación de la presente resolución, en relación con el tema del programa titulado “2001-2010: Decenio para lograr la regresión del paludismo en los países en desarrollo, en particular en África”.
78ª sesión plenaria
23 de diciembre de 2003.
Fuentes:
http://www.un.org/spanish/events/calendario/decades/index.html
http://daccessdds.un.org/doc/UNDOC/GEN/N03/508/77/PDF/N0350877.pdf?OpenElement