Año Internacional de Acercamiento de las Culturas.

La Asamblea General decide proclamar 2010 Año Internacional de Acercamiento de las Culturas y recomienda que, en el transcurso del año, se organicen actividades apropiadas relativas al diálogo, la comprensión y la cooperación entre religiones y culturas en pro de la paz, entre ellas un diálogo de alto nivel o audiencias interactivas oficiosas con la sociedad civil.

Angola, Bangladesh, Belarús, Belice, Benin, Burkina Faso, Camboya, Camerún, Comoras, Congo,
Costa Rica, Djibouti, Egipto, El Salvador, Eritrea, Fiji, Filipinas, Gambia, Guatemala, Haití, Indonesia,
Irán (República Islámica del), Kazajstán, Kuwait, Liberia, Madagascar, Marruecos, Mongolia, Myanmar,
Nepal, Nicaragua, Omán, Pakistán, Panamá, Qatar, República Dominicana, Santa Lucía,
San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona, Sudán, Suriname, Tailandia, Tayikistán y Uzbekistán:
proyecto de resolución revisado
Promoción del diálogo, la comprensión y la cooperación entre religiones y culturas en pro de la paz

La Asamblea General,
Reafirmando los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos, en particular el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, Recordando sus resoluciones 56/6, de 9 de noviembre de 2001, relativa al Programa Mundial para el Diálogo entre Civilizaciones, 57/6, de 4 de noviembre de 2002, relativa a la promoción de una cultura de paz y no violencia, 57/337, de 3 de julio de 2003, relativa a la prevención de conflictos armados, 58/128, de 19 de diciembre de 2003, relativa a la promoción de la comprensión, la armonía y la cooperación religiosas y culturales, 59/23, de 11 de noviembre de 2004, relativa a la promoción del diálogo entre religiones, 59/143, de 15 de diciembre de 2004, relativa al Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo, 2001-2010, 60/167, de 16 de diciembre de 2005, relativa a los derechos humanos y la diversidad cultural y 61/161, de 19 de diciembre de 2006, relativa a la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones,
Recordando también su resolución 61/221, de 20 de diciembre de 2006, relativa a la promoción del diálogo, la comprensión y la cooperación entre religiones y culturas en pro de la paz,
Reconociendo que la diversidad cultural y el proceso de desarrollo cultural de todos los pueblos y naciones son fuente de enriquecimiento mutuo para la vida cultural de la humanidad, Teniendo en cuenta la resolución 34 C/82 de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en que recomendó que la Asamblea General proclamara 2010 Año Internacional de Acercamiento de las Culturas,
Tomando nota de la valiosa contribución efectuada por diversas iniciativas de nivel nacional, regional e internacional al aumento del diálogo, la comprensión y la cooperación entre religiones, culturas y civilizaciones, que se refuerzan mutuamente y se relacionan entre sí,
Tomando nota también del diálogo de alto nivel sobre la comprensión entre religiones y culturas y la cooperación en pro de la paz, con el tema general de la cooperación entre religiones y culturas para promover la tolerancia, la comprensión y el respeto universal en cuestiones de religión o de creencias y de diversidad cultural, celebrado los días 4 y 5 de octubre de 2007,
Afirmando la importancia de que continúe el proceso de hacer intervenir a todos los interesados en el diálogo entre religiones, culturas y civilizaciones las iniciativas adecuadas de los distintos planos, Reconociendo el compromiso de todas las religiones con la paz,
1. Afirma que la comprensión mutua y el diálogo entre religiones constituyen dimensiones importantes del diálogo entre civilizaciones y de la cultura de paz;
2. Toma nota con reconocimiento de la labor que realiza la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura sobre el diálogo entre religiones en el contexto de su empeño por promover el diálogo entre civilizaciones, culturas y pueblos, así como de las actividades relacionadas con una cultura de paz, celebra que su labor se oriente hacia las medidas concretas en los planos mundial, regional y subregional y acoge con satisfacción su proyecto emblemático sobre el fomento del diálogo entre religiones;
3. Reafirma el solemne compromiso de todos los Estados de cumplir sus obligaciones de promover el respeto universal y la observancia y protección de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos1 y otros instrumentos relacionados con los derechos humanos y el derecho internacional, al ser incuestionable el carácter universal de estos derechos y libertades;
 4. Acoge favorablemente que se designe la Oficina de Coordinación y Apoyo al Consejo Económico y Social del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría para que actúe como centro de coordinación2, como se pidió en la resolución 61/221, y de conformidad con la misma, interactúe con las entidades del sistema de las Naciones Unidas y coordine su contribución al proceso intergubernamental, y aguarda con interés el comienzo efectivo de sus operaciones;
5. Alienta a los Estados Miembros a que estudien, cuando y como proceda, las iniciativas en que se determinan ámbitos de todos los sectores y niveles de la sociedad donde se deben adoptar medidas prácticas para promover el diálogo, la tolerancia, la comprensión y la cooperación entre religiones y culturas siguiendo, entre otras cosas, las ideas sugeridas durante el diálogo de alto nivel sobre la comprensión entre religiones y culturas y la cooperación en pro de la paz;
6. Pone de relieve la necesidad de mantener el impulso generado por el diálogo de alto nivel sobre la comprensión entre religiones y culturas y la cooperación en pro de la paz, celebrado los días 4 y 5 de octubre de 2007, en debates posteriores;
7. Alienta a que se promueva el diálogo entre los medios de comunicación de todas las culturas y civilizaciones, pone de relieve que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión y reafirma que el ejercicio de ese derecho entraña deberes y responsabilidades especiales y, por lo tanto, puede estar sujeto a determinadas restricciones, pero sólo a aquellas que estén previstas en la ley y sean necesarias para el respeto de los derechos o la reputación de otras personas y para la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas;
8. Decide proclamar 2010 Año Internacional de Acercamiento de las Culturas y recomienda que, en el transcurso del año, se organicen actividades apropiadas relativas al diálogo, la comprensión y la cooperación entre religiones y culturas en pro de la paz, entre ellas un diálogo de alto nivel o audiencias interactivas oficiosas con la sociedad civil;
9. Pide al Secretario General que la informe, en su sexagésimo tercer período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución.

Fuentes:
http://www.un.org/spanish/events/calendario/years/doc_y2010.html
http://daccessdds.un.org/doc/UNDOC/LTD/N07/638/45/PDF/N0763845.pdf?OpenElement