La Asamblea General
decide proclamar 2010 Año Internacional de Acercamiento de las
Culturas y recomienda que, en el transcurso del año, se organicen
actividades apropiadas relativas al diálogo, la comprensión y la
cooperación entre religiones y culturas en pro de la paz, entre
ellas un diálogo de alto nivel o audiencias interactivas oficiosas
con la sociedad civil.
Angola,
Bangladesh, Belarús, Belice, Benin, Burkina Faso, Camboya, Camerún,
Comoras, Congo,
Costa Rica, Djibouti, Egipto, El Salvador, Eritrea, Fiji, Filipinas,
Gambia, Guatemala, Haití, Indonesia,
Irán (República Islámica del), Kazajstán, Kuwait, Liberia,
Madagascar, Marruecos, Mongolia, Myanmar,
Nepal, Nicaragua, Omán, Pakistán, Panamá, Qatar, República
Dominicana, Santa Lucía,
San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona, Sudán,
Suriname, Tailandia, Tayikistán y Uzbekistán:
proyecto de resolución revisado
Promoción del diálogo, la comprensión y la cooperación entre
religiones y culturas en pro de la paz
La Asamblea General,
Reafirmando los propósitos y principios consagrados en la Carta de
las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos,
en particular el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y
religión, Recordando sus resoluciones 56/6, de 9 de noviembre de
2001, relativa al Programa Mundial para el Diálogo entre
Civilizaciones, 57/6, de 4 de noviembre de 2002, relativa a la
promoción de una cultura de paz y no violencia, 57/337, de 3 de
julio de 2003, relativa a la prevención de conflictos armados,
58/128, de 19 de diciembre de 2003, relativa a la promoción de la
comprensión, la armonía y la cooperación religiosas y culturales,
59/23, de 11 de noviembre de 2004, relativa a la promoción del
diálogo entre religiones, 59/143, de 15 de diciembre de 2004,
relativa al Decenio Internacional de una cultura de paz y no
violencia para los niños del mundo, 2001-2010, 60/167, de 16 de
diciembre de 2005, relativa a los derechos humanos y la diversidad
cultural y 61/161, de 19 de diciembre de 2006, relativa a la
eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación
fundadas en la religión o las convicciones,
Recordando también su resolución 61/221, de 20 de diciembre de 2006,
relativa a la promoción del diálogo, la comprensión y la cooperación
entre religiones y culturas en pro de la paz,
Reconociendo que la diversidad cultural y el proceso de desarrollo
cultural de todos los pueblos y naciones son fuente de
enriquecimiento mutuo para la vida cultural de la humanidad,
Teniendo en cuenta la resolución 34 C/82 de la Conferencia General
de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura, en que recomendó que la Asamblea General
proclamara 2010 Año Internacional de Acercamiento de las Culturas,
Tomando nota de la valiosa contribución efectuada por diversas
iniciativas de nivel nacional, regional e internacional al aumento
del diálogo, la comprensión y la cooperación entre religiones,
culturas y civilizaciones, que se refuerzan mutuamente y se
relacionan entre sí,
Tomando nota también del diálogo de alto nivel sobre la comprensión
entre religiones y culturas y la cooperación en pro de la paz, con
el tema general de la cooperación entre religiones y culturas para
promover la tolerancia, la comprensión y el respeto universal en
cuestiones de religión o de creencias y de diversidad cultural,
celebrado los días 4 y 5 de octubre de 2007,
Afirmando la importancia de que continúe el proceso de hacer
intervenir a todos los interesados en el diálogo entre religiones,
culturas y civilizaciones las iniciativas adecuadas de los distintos
planos, Reconociendo el compromiso de todas las religiones con la
paz,
1. Afirma que la comprensión mutua y el diálogo entre religiones
constituyen dimensiones importantes del diálogo entre civilizaciones
y de la cultura de paz;
2. Toma nota con reconocimiento de la labor que realiza la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y
la Cultura sobre el diálogo entre religiones en el contexto de su
empeño por promover el diálogo entre civilizaciones, culturas y
pueblos, así como de las actividades relacionadas con una cultura de
paz, celebra que su labor se oriente hacia las medidas concretas en
los planos mundial, regional y subregional y acoge con satisfacción
su proyecto emblemático sobre el fomento del diálogo entre
religiones;
3. Reafirma el solemne compromiso de todos los Estados de cumplir
sus obligaciones de promover el respeto universal y la observancia y
protección de todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales de todos, de conformidad con la Carta de las Naciones
Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos1 y otros
instrumentos relacionados con los derechos humanos y el derecho
internacional, al ser incuestionable el carácter universal de estos
derechos y libertades;
4. Acoge favorablemente que se designe la Oficina de Coordinación y Apoyo
al Consejo Económico y Social del Departamento de Asuntos Económicos
y Sociales de la Secretaría para que actúe como centro de
coordinación2, como se pidió en la resolución 61/221, y de
conformidad con la misma, interactúe con las entidades del sistema
de las Naciones Unidas y coordine su contribución al proceso
intergubernamental, y aguarda con interés el comienzo efectivo de
sus operaciones;
5. Alienta a los Estados Miembros a que estudien, cuando y como
proceda, las iniciativas en que se determinan ámbitos de todos los
sectores y niveles de la sociedad donde se deben adoptar medidas
prácticas para promover el diálogo, la tolerancia, la comprensión y
la cooperación entre religiones y culturas siguiendo, entre otras
cosas, las ideas sugeridas durante el diálogo de alto nivel sobre la
comprensión entre religiones y culturas y la cooperación en pro de
la paz;
6. Pone de relieve la necesidad de mantener el impulso generado por
el diálogo de alto nivel sobre la comprensión entre religiones y
culturas y la cooperación en pro de la paz, celebrado los días 4 y 5
de octubre de 2007, en debates posteriores;
7. Alienta a que se promueva el diálogo entre los medios de
comunicación de todas las culturas y civilizaciones, pone de relieve
que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión y reafirma
que el ejercicio de ese derecho entraña deberes y responsabilidades
especiales y, por lo tanto, puede estar sujeto a determinadas
restricciones, pero sólo a aquellas que estén previstas en la ley y
sean necesarias para el respeto de los derechos o la reputación de
otras personas y para la protección de la seguridad nacional, el
orden público o la salud o la moral públicas;
8. Decide proclamar 2010 Año Internacional de Acercamiento de las
Culturas y recomienda que, en el transcurso del año, se organicen
actividades apropiadas relativas al diálogo, la comprensión y la
cooperación entre religiones y culturas en pro de la paz, entre
ellas un diálogo de alto nivel o audiencias interactivas oficiosas
con la sociedad civil;
9. Pide al Secretario General que la informe, en su sexagésimo
tercer período de sesiones, sobre la aplicación de la presente
resolución.
Fuentes:
http://www.un.org/spanish/events/calendario/years/doc_y2010.html
http://daccessdds.un.org/doc/UNDOC/LTD/N07/638/45/PDF/N0763845.pdf?OpenElement